Los hombres que ruedan

En esta sección se han ido exponiendo, en los números anteriores, unas reseñas de los juicios más famosos de la historia. Y con independencia de que los acusados hubieran tenido un juicio justo o padecido uno injusto, lo cierto es que pudieron estar ante un tribunal y estar defendidos por un abogado. Bien es cierto que, en muchas ocasiones, el juicio no era más que una representación burlesca, sin más ánimo que dar trámite a la ley y sin el menor deseo de hacer justicia. Pero, si esa situación es absolutamente deplorable, más lo es no tener siquiera derecho a un juicio, porque se pertenecía a una clase de personas que no tenían ese “privilegio”. Y también a ellos se les debe recordar; sobre todo, a ellos. Ése es el caso de lo que a continuación se relata, para sonrojo y tristeza de los hombres libres. La triste y desoladora historia de los hombres que ruedan.


En el primer año de su reinado, en el año 1547, Eduardo VI dictó un estatuto ordenando lo siguiente:

Si alguien se niega a trabajar, se le asigne como esclavo a la persona que le denuncie como holgazán. El dueño deberá alimentar a su esclavo con pan y agua, bodrio y los desperdicios de carne que crea conveniente. Tiene derecho a obligarle a que realice cualquier trabajo, por muy repelente que sea, azotándole y encadenándole, si fuera necesario.

Si el esclavo desaparece durante dos semanas, se le condenará a esclavitud de por vida, marcándole a fuego con una S [S de Slave, esclavo, en inglés] en la frente o en un carrillo; si huye por tercera vez, se le ahorcará como reo de alta traición.

Su dueño puede venderlo, legarlo a sus herederos o cederlo como esclavo, exactamente igual que el ganado o cualquier objeto mueble. Los esclavos que se confabulen contra sus dueños serán también ahorcados.

Los jueces de paz seguirán las huellas a los pícaros, tan pronto se les informe. Si se averigua que un vagabundo lleva tres días seguidos haraganeando, se le expedirá a su pueblo natal con una V (de vagabundo) marcada a fuego en el pecho, y le sacarán con cadenas a la calle a trabajar en la construcción de carreteras o empleándole en otros servicios.

El vagabundo que indique un falso pueblo de nacimiento será castigado a quedarse en él toda la vida como esclavo, sea de los vecinos o de la corporación, y se le marcará a fuego con una S.

Todo el mundo tiene derecho a quitarle al vagabundo sus hijos y tenerlos bajo su custodia como aprendices: los hijos hasta los veinticuatro años, las hijas hasta los veinte. Si se escapan, serán entregados como esclavos, hasta dicha edad, a sus maestros, quienes podrán azotarlos, cargarlos de cadenas, etc., a su libre albedrío.

El maestro puede poner a su esclavo un anillo de hierro en el cuello, el brazo o la pierna, para identificarlo mejor y tenerlo más a mano.

En la última parte del estatuto se establece que ciertos pobres podrán ser obligados a trabajar para el lugar o el individuo que les dé de comer y beber y les busque trabajo. Esta clase de esclavos parroquiales subsiste en Inglaterra hasta bien entrado el siglo XIX, bajo el nombre de roundsmen: hombres que ruedan).

© Encima de la niebla

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